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URGENTE: Disposición Nro 1

Santa Fe, 9 de marzo de 2020.-

Actualización al 1ro de ABRIL del 2020: El instituto suspende todas las actividades según disposición del gobierno nacional y el ministerio de educación de la provincia hasta que los mismos autoricen la vuelta a clases.

DISPOSICIÓN Nº 1

VISTO:

La Resolución 2020-82-APN del Ministerio de Educación de la Nación, mediante la cual solicita: … “a los estudiantes, docentes y personal no docente de todos los Establecimientos Educativos del país, públicos y privados, que estuvieron en zonas de contagio del Coronavirus, que durante los 14 (catorce) días posteriores a su regreso al país no asistan a las escuelas, presenten síntomas o no”…y,

CONSIDERANDO:

Que a los efectos de administrar medidas preventivas antes del inicio de los períodos de otoño e invierno –estaciones más proclives para la propagación del virus-,

RECTORADO DISPONE:

ARTÍCULO PRIMERO: La aplicación sin excepciones la norma de referencia en todos los niveles educativos (Complejo Educativo IES Nº 1487 e Instituto Superior Particular Incorporado Nº 9233 en los estamentos secundario y terciario.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los alumnos, docentes y personal no docente que haya viajado a zonas DONDE EXISTEN CASOS DE CORONAVIRUS, NO PODRÁN REINTEGRARSE A LAS ACTIVIDADES DEL COLEGIO ANTES DE LOS 14 DÍAS POSTERIORES A SU REGRESO, solicitándoles que realicen mínimas o ninguna actividad social.Hasta el momento, esta medida incluye a quienes hayan viajado a China, Corea del Sur, Japón, Irán, Italia, España, Francia y Alemania, lista que podrá extenderse a medida que lo indique el Ministerio de Salud de la Nación.

ARTÍCULO TERCERO: Todos los que se encuentren abarcados en esta disposición tendrán ausente durante los 14 (catorce) días, pero en ningún caso afectará ni su sueldo, ni las faltas que tiene los alumnos para quedar libres. Es una medida preventiva y excepcional, de la que la institución se hace cargo. El ausente debe ser puesto por seguridad de control y porque la persona está realmente ausente. Pero no influye en su situación escolar ni laboral.

ARTÍCULO CUARTO: Divulgar las prevenciones básicas:lavarse las manos, especialmente con agua y jabón con frecuencia, toser y/o estornudar sobre el pliego del brazo o un pañuelo, proteger especialmente ojos, nariz y boca y asistir al médico si tiene dolor de cabeza, fiebre, secreción nasal, dolor de garganta, fatiga, escalofríos y malestar general y/o dificultad para respirar. También tener en cuenta que los productos de origen animal que se consuman deben estar debidamente procesados por cocción y pasteurización.

ARTÍCULO QUINTO: Conversar con los padres (de acuerdo al nivel) para explicarles que éste podrá ser un año atípico, en donde se pueden producir más ausencias de personal que en otros años, dado que cuando comience el otoño e invierno, muchos podrán tener síntomas parecidos que hagan que tengan que estar aislados esos 14 (catorce) días por precaución. Deberemos apelar a la buena voluntad y paciencia de todos. Recordemos que en esto nos va la contaminación de muchos y el peligro de su salud, y que es un hecho mundial.

ARTÍCULO SEXTO: Mantener actualizada la cartelería institucional, referida a cuidado y atenciones vinculados al coronavirus, a fin de evitar situaciones de sosobra o incertidumbre.